Aspectos legales de las TI


Derecho y Tecnología.
Marco legal.

La tecnología hoy en día avanza a pasos agigantados, y Chile no se queda atrás al respecto. Muchos han catalogado nuestro país como una incubadora de la innovación hasta el nuevo silicon valley en Latinoamérica. ¿Pero cuál es el marco que rodea a las tecnologías en Chile? ¿Esta nuestra legislación al día en materia tecnológica? Bueno desde 2007 Pablo Bello, subsecretario de telecomunicaciones en aquel entonces se lo preguntó y concluyó que la legislación chilena a la fecha no se ajusta a los cambios y la convergencia tecnológica y su repercusión en el país. Para ello debemos perfeccionar la normativa y la institucionalidad asociada.


Dado que el ambiente tecnológico implica innovación y creatividad se debe crear un ambiente que dote de flexibilidad en pos de potenciar el avance tecnológico.
La legislación chilena actual está compuesta, dentro de otras por bastantes reglamentos, dictámenes y leyes. Siendo las más sobresalientes en la actualidad la ley n°19799 “sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma” y la ley n°19223 “Tipifica figuras penales relativas a la información”.

Acerca de la primera, se aplica a los documentos electrónicos y sus efectos legales, la utilización de firma electrónica, la prestación de servicios de certificación de estas firmas y el procedimiento de acreditación al que podrán someterse dichos prestadores con el objeto de garantizar la seguridad en su uso (art  1°, ley n°19799). Esta a su vez define el concepto para efectos legales de: electrónico, certificado de firma electrónica, certificador o prestador de servicios de certificación, documento electrónico, entidad acreditadora, firma electrónica y fecha electrónica. Establece la validez de contratos celebrados suscritos por firma electrónica a la misma que contratos celebrados por escrito y con soporte en papel, con las siguientes excepciones: aquellos que la ley exige solemnidad que no sea susceptible de cumplirse mediante documento electrónica, aquellos en que la ley requiera concurrencia personal de alguna de las partes y aquellos relativos al derecho de familia. La firma electrónica cualquiera sea tu naturaleza se mirará como firma manuscrita. Esta ley se compone de VII Títulos y 25 artículos.

Sobre la Ley n°19223 podemos decir que establece el marco delictual del mismo. Siendo algunos ejemplos:
  • Destrucción maliciosa o inutilización de sistemas de tratamiento de información.(art 1°)
  • Apoderarse, conocer indebidamente, intercepte, interfiera o acceda a él.(art 2°)
  • Maliciosamente altere, dañe o destruya datos.(art 3°)
  • Maliciosamente revele o difunda datos.(art 4°)

Esto establece el marco a privacidad de la información y su protección.





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